La Audiencia Nacional confirma que el beso fue sin permiso, impone multa e impide contacto con Hermoso.
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Luis Rubiales dimite como presidente de la RFEF y vicepresidente de UEFA
Jenni Hermoso pide «medidas ejemplares» tras el polémico beso de Luis Rubiales
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado al expresidente de la Federación Española de Fútbol, Luis Rubiales, por el beso no consentido a la jugadora Jennifer Hermoso tras la final del Mundial de 2023. El tribunal impone una multa de 10.800 euros, le prohíbe acercarse a la futbolista a menos de 200 metros durante un año y le obliga a indemnizarla con 3.000 euros por los daños morales ocasionados.
Los magistrados han sido claros: no es necesario que exista una intención sexual para que se considere una agresión. Lo que importa, y lo que aquí falló, es el consentimiento.
Sin justificación posible: ni euforia ni contexto deportivo excusan la conducta
Durante el juicio quedó acreditado que Rubiales, impulsado por la euforia, fue condenado por vulnerar la voluntad de Hermoso, quien expresó su malestar desde el primer momento. Rubiales alegó que el beso fue fruto de la emoción del momento, en medio de una celebración histórica para el fútbol femenino español. Sin embargo, el tribunal desmonta ese argumento: el expresidente no besó a ninguna otra jugadora ni a personas del palco, lo que demuestra que su gesto no fue un acto espontáneo generalizado, sino dirigido y personal.
Además, aunque él mismo asegura que pidió permiso, los jueces afirman que “ni tan siquiera esperó respuesta”, dejando claro que Hermoso no tuvo opción de decidir. Y aunque la jugadora trató inicialmente de restar importancia al hecho, su testimonio posterior, firme y coherente, ha sido considerado plenamente válido.

«No hay derecho a besar sin consentimiento»
La sentencia recoge una contundente afirmación: “No existe el derecho a besar ni la servidumbre de ser besado sin consentimiento”. Esta frase, recuperada de doctrina del Tribunal Supremo, resume la esencia del fallo judicial. Se trata de un mensaje claro contra cualquier forma de invasión del espacio personal, por muy festivo que sea el contexto.
El tribunal ha confirmado que no se trató de una conducta habitual entre ambos y que el gesto “traspasó las líneas de corrección social”. Los magistrados también descartan que el beso tuviera alguna intención de consuelo tras el fallo de un penalti, como insinuó la defensa.
Recurso al Supremo en camino
La abogada de Rubiales, Olga Tubau, ya ha anunciado que recurrirán ante el Tribunal Supremo, al considerar que no hubo agresión sexual ni ánimo sexual en el gesto. Sin embargo, la Audiencia Nacional ha sido firme en su rechazo a todos los recursos interpuestos, tanto los que pedían una pena más dura como los que solicitaban la absolución.
Además, se ha confirmado la absolución de los otros tres investigados —Jorge Vilda, Albert Luque y Rubén Rivera— en lo referente a las presuntas coacciones contra Hermoso.
Una sentencia simbólica que deja a Rubiales condenado por vulnerar la voluntad de Hermoso
Más allá de lo jurídico, este fallo tiene una dimensión simbólica importante. La sentencia marca un precedente al reconocer que un acto aparentemente menor, como un beso no consentido, puede ser una agresión sexual cuando se vulnera la voluntad de la otra persona. Y que, en una sociedad que avanza hacia la igualdad, el consentimiento no es negociable ni relativo.
En palabras del propio tribunal: “La celebración de una victoria deportiva no debió empañarse por un acontecimiento puntual, lo que no resta ni su relevancia ni su trascendencia penal”.
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