BUSCAR

Antonio David Flores gana el juicio contra ‘Sálvame’

Antonio David Flores gana el juicio contra ‘Sálvame’

Antonio David Flores gana el juicio contra ‘Sálvame’: La jueza considera su despido “nulo por vulneración de su derecho al honor” y condena a pagarle 82.000 euros.

David Flores pide un año de cárcel para su madre, Rocío Carrasco, por el impago de la pensión

Ya hay fecha para el reencuentro más esperado entre Rocío Carrasco y su hija, Rocío Flores

Tal y como avanza el diario ‘El Mundo’, Antonio David Flores ha ganado la primera batalla, pero no la guerra contra ‘Sálvame’. El Juzgado de lo Social número 42 de Madrid ha estimado, con fecha 20 de septiembre, que su despido del programa de Telecinco en el que trabajaba como colaborador, el pasado 21 de marzo tras estrenarse la docuserie ‘Rocío: contar la verdad para seguir viva’ es “nulo por vulneración de su derecho fundamental al honor“.

Además, la misma sentencia condena a la productora, La Fábrica de la Tele, a abonar “los salarios dejados de percibir hasta la fecha en la que el contrato temporal hubiera finalizado -32.361 euros-. Y obliga a pagar a Antonio David Flores una indemnización adicional “por los daños ocasionados con la vulneración de su derecho al honor en la cuantía de 50.000 euros”.

Antonio David Flores - Sálvame © Telecinco
Antonio David Flores – Sálvame © Telecinco

Por los daños ocasionados con la vulneración de su derecho al honor en la cuantía de 50.000 euros”

La sentencia continúa desgranando al detalle la emisión de ‘Sálvame’ el día 22 de marzo de 2021, un día después de que se estrenara la docuserie protagonizada por Rocío Carrasco, que según la magistrada “comenzó aquel día de forma atípica“, con el plató a oscuras y proyectándose en una gran pantalla frente a la que habían situado seis sillas vacías mientras se veían imágenes del documental.

Pese a que Antonio David había sido convocado e incluso tenía emitidos los billetes de Ave Málaga-Madrid, se le comunicaba a las tres de la tarde que no regresaría al programa “tras los últimos acontecimientos conocidos de Rocío Carrasco“. Minutos después, el representante de Antonio David recibía un correo con una propuesta de acuerdo para extinguir la relación laboral.

Antonio David © Instagram
Antonio David © Instagram

La sentencia recoge que se envió “un burofax con la carta de despido” a las 19.52 horas a la dirección de la tienda de su mujer, Olga Moreno y del que no se tuvo conocimiento hasta el 9 de abril. “Lo relevante no es sólo que se comunicara su despido o se informara de él a la audiencia del programa en el que hasta ese momento prestaba servicios como colaborador, sino que fue a través de dicho programa como el actor -a la vez que todos los telespectadores- tuvo conocimiento de la extinción de su relación laboral y de los motivos de ésta, extremo que no carece de importancia“, continúa la magistrada.

Se evidencia con ello una voluntad deliberadamente buscada de que el actor no conociera su despido hasta el momento de la emisión del programa”

La sentencia afea la forma de proceder de La Fábrica de la Tele ya que “del mismo modo que se le había mandado un correo para desconvocarle podía habérsele remitido otro correo notificándole la extinción de la relación laboral (…) o haber mantenido con él una conversación telefónica previa a la emisión del programa“.

Se evidencia con ello una voluntad deliberadamente buscada de que el actor no conociera su despido hasta el momento de la emisión del programa, lo que permite corroborar la finalidad de la empleadora de sacar rédito empresarial a dicho despido, reservándose la exclusiva de tal información incluso respecto del propio afectado“, añade la jueza.

En la sentencia se considera que el programa en sí es “una carta de despido” pero “sin amparo en la libertad de expresión: “Una suerte de decisión adoptada por la empleadora que, al considerar ciertas las imputaciones que sobre él realiza doña Rocío Carrasco (…) se presenta como sujeto legitimado para impartir la justicia material que a su juicio fue indebidamente denegada a doña Rocío Carrasco en sede judicial, realizando consciente, deliberada y premeditadamente un juicio paralelo -público y ampliamente difundido- del actor [Antonio David]”.

Carlota Corredera - Sálvame © Telecinco
Carlota Corredera – Sálvame © Telecinco

Tampoco se libran en la sentencia los seis colaboradores que ese día estaban en el plató de ‘Sálvame’- Alonso Caparrós, Belén Esteban, Gema López, Gustavo González, Marta López y Kiko Jiménez- ni la propia presentadora Carlota Corredera, ya que la magistrada aprecia “serios, graves, juiciosos (…) como si de un jurado popular se tratara. Y a continuación la presentadora, Carlota Corredera, a modo de veredicto, abre el programa” anunciando “el cese de la vinculación laboral de Antonio David Flores con este programa de televisión, así como con la productora La Fábrica de la Tele“.

“Se dirigen a tildar al demandante de maltratador”

Otro de los párrafos es contundente al afirmar que “tanto la escenografía como las expresiones y mensajes transmitidos y trasladados por la dirección (a través de su presentadora) a la audiencia del programa se dirigen a tildar al demandante de maltratador“.

Las palabras de la magistrada hacen, además, especial referencia al papel de Corredera durante el programa del 22 de marzo, que “evidencia la voluntad de la empleadora de utilizar el despido para realizar un juicio público paralelo sobre unos hechos que ya fueron objeto de una decisión judicial firme y, obviando estos extremos, castigar al actor en la forma que está a su alcance, que es transmitiendo a la audiencia que el demandante es un maltratador y que por ello se le ha expulsado del circuito televisivo sobre el que Mediaset tiene competencia“.

Rocío Carrasco - 'Rocío. Contar la verdad para seguir viva' © Mediaset
Rocío Carrasco – ‘Rocío. Contar la verdad para seguir viva’ © Mediaset

La sentencia a la que ha tenido acceso ‘El Mundo’ destaca también que el último contrato entre las partes data del 11 de diciembre de 2020, “momento en el que cabe presumir que la preparación de la grabación de la docusrie está muy avanzada“. Así que no hay duda d que la productora “debía conocer los episodios que Rocío Carrasco iba a exponer, y las imputaciones que respecto del actor iba a realizar“.

Y finaliza concluyendo que “pese a lo cual prorroga su contrato hasta una fecha en la que ya se habrían emitido la totalidad de los capítulos (…) No es, desde luego, una especial sensibilidad y toma de conciencia respecto de la lacra social que constituye la violencia de género lo que motiva la actuación de la empresa pues de ser así hubiera bastado con no prorrogar el contrato laboral que le vinculaba con el demandante, habiendo cesado la relación laboral con él meses antes de la emisión del programa“.

Related Images:

Deja un comentario